miércoles, 20 de febrero de 2008

Votar desde el extranjero

Me encarga B. que pregunte en la Oficina del Censo Electoral de Cádiz si está inscrito como residente ausente, para poder pedir la documentación que le permita votar por correos en la próxima cita de elecciones generales que va a haber en España el día nueve del mes de marzo.

H e llamado esta mañana a la oficina en Cádiz y, tras dar los datos personales, el funcionario me contestan que sí está inscrito en el CERA (Censo Español de Residentes Ausentes).

Le pregunto sobre los pasos a dar para tener la documentación que permita votar y explica que no hay que hacer nada especial ya que se enviará la documentación a todos "de oficio", es decir, por iniciativa de la Administración.

Me comenta que ya están mandando la documentación a todos los puntos del mundo; precisamente ayer salieron de Cádiz los sobres para los residente ausentes que se encuentran en el Reino Unido.

El plazo para enviar el voto por correo va desde el 12 de febrero hasta el 8 de marzo. Le objeto que ya ha transcurrido un tramo de ese plazo y muchos aún no habrán recibido la documentación y él dice que mientras que no le lleguen de Madrid los papeles no pueden enviar nada al Reino Unido, o a otros países (por ejemplo, hoy mandarán los papeles a Francia y más adelante a otros países).

Pregunto qué debe hacer B. Bueno, en la documentación va un sobre para que el votante envíe su voto; también, naturalmente, el sobre que encierra la papeleta de voto y además ejemplares de las diferentes opciones de voto para que se pueda elegir una.

El votante debe ir a la oficina de Correos que haya más cerca de su domicilio en Londres. Allí enviará por correo certificado el sobre conteniendo el voto.

No se trata de correo gratuito sino que deberá realiza un pago previo pero, si guarda el justificante de pago, puede luego pedir el reingreso del dinero a la Oficina del Censo, mediante un impreso que también se le manda. Esto es así en el caso de Reino Unido y otros muchos países; sin embargo, en algunos otros el correo electoral es gratuito.

El sobre con el voto va dirigido a la Audiencia Provincial, en donde serán recontados los votos por correo unos días después de las elecciones. Aquí hay una diferencia con las elecciones municipales, en las cuales el voto por correo va directamente al colegio electoral para que el presidente de la mesa, al final de la jornada electoral y antes del recuento, introduzca en la urna el sobre, que habrá traído un empleado de Correos.

Hasta aquí llega la información que me han dado por teléfono. Añado ahora lo recogido en información de prensa.

El voto de los emigrantes residentes en el extranjero (CERA), que suman 1.205.132 personas, será incorporado al total de resultados electorales a partir del próximo miércoles día 12, fecha en que las Juntas Electorales Provinciales comenzarán el escrutinio general.

El día 12, en el escrutinio general, cada Junta Electoral Provincial se constituye a las ocho de la mañana como Mesa Electoral e introduce en la urna los sobres de votación de los residentes ausentes recibidos hasta ese día.

El Secretario anota los nombres de los votantes en la correspondiente lista y acto seguido la Junta escruta todos estos votos e incorpora los resultados al escrutinio general. Será entonces cuando se conozca el porcentaje de participación del voto CERA y su incidencia sobre los resultados.

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